Unidad de Información Pública Gubernamental
TÃtulo tercero:
de la Información Pública Gubernamental.
CapÃtulo I de la Transparencia Gubernamental.
Artículo IX.-
El domicilio, número telefónico y la dirección electrónica de la Unidad de Información Pública Gubernamental, donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información pública.
Seleccione una dependencia de la lista de la izquierda para ver sus detalles.